CRITERIO DE OPORTUNIDAD
El Criterio de Oportunidad es una excepción al principio de legalidad. Según este último principio, el Ministerio Público Fiscal está en la obligación de promover y dirigir la investigación de cualquier hecho que revista caracteres de delito de acción pública y de someterlo a proceso.
Con el criterio de oportunidad se concede a los Fiscales la facultad de prescindir de la persecución penal pública, siempre previa audiencia de la víctima. Se trata de satisfacer el interés de la misma de manera más rápida y eficaz. Son supuestos reglados por la ley (art. 172 Código Procesal Penal).
Produce la extinción de la acción penal con relación al autor o al partícipe en cuyo favor se decida.




