OFICINA JUDICIAL PENAL

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OFICINA JUDICIAL PENAL DE RÍO NEGRO


El Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro (Ley Nº 5.020), puesto en vigencia en agosto de 2017, estableció de manera expresa la separación entre la actividad jurisdiccional, ejercida por juezas y jueces, y la actividad administrativa. Esta última fue asignada a un nuevo organismo: la Oficina Judicial Penal de Río Negro (OJU).

La OJU es un organismo de carácter administrativo que brinda soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de los Foros de Jueces y Juezas de la provincia. Se encuentra integrada por una Dirección General de Oficinas Judiciales y por cuatro Oficinas Judiciales Circunscripcionales.

Entre sus principales funciones se encuentran:

  • Organizar y gestionar las audiencias.

  • Dictar resoluciones de mero trámite.

  • Ordenar las comunicaciones y emplazamientos.

  • Disponer la custodia de objetos secuestrados en los casos que corresponda.

  • Llevar los registros y estadísticas del sistema.

  • Dirigir al personal auxiliar.

  • Informar a las partes sobre el estado y desarrollo de los procesos.

  • Colaborar en los trabajos materiales que indiquen los magistrados.

 

  


REFORMA PROCESAL PENAL


El Superior Tribunal de Justicia participó desde el año 2013 en la elaboración de un proyecto de reforma del sistema procesal penal vigente en ese momento. El nuevo Código Procesal Penal fue sancionado a fines del año 2014 y entró en vigencia en agosto de 2017.

Esta reforma instauró un sistema acusatorio adversarial, centrado en la realización de audiencias orales y con un fuerte apoyo en herramientas tecnológicas. Este modelo reemplazó al sistema anterior, de carácter inquisitivo, que se basaba principalmente en el trámite de expedientes escritos.

De acuerdo con este nuevo esquema procesal, el Ministerio Público ejerce la acción penal pública, dirige la investigación y tiene a su cargo la prueba de los hechos que fundamentan la acusación. Por su parte, las juezas y los jueces son responsables de adoptar las decisiones y autorizaciones que correspondan durante el proceso, teniendo expresamente prohibido realizar actos de investigación, debiendo intervenir únicamente a petición de las partes.

Este video muestra 10 claves para entender la Reforma Procesal Penal:

 

 

 

 


INFOGRAFÍAS


 

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